Taller sobre la Reforma de la incapacidad temporal (IT): Gestión, control, plazos y procedimientos

El pasado 2 de junio tuvo  lugar en la  sede de UGT de Valencia un taller sobre la reforma de la incapacidad temporal dirigido a delegados y delegadas  de las distintas federaciones de la UGT-PV.

Este ha sido impartido por Marga García técnica del Departamento de Salud Laboral y Medio Ambiente de la UGT-PV
En el taller se explico las modificaciones en la gestión de la Incapacidad Temporal que ha supuesto la aprobación del RD 625/2014 de 18 de julio y la Ley 35/2014 de 26 de diciembre de régimen jurídico de las Mutuas.
La normativa que entró en vigor el 1 de septiembre de 2014 supone importantes cambios en la gestión, control, plazos y procedimientos en la Incapacidad Temporal, los primeros 365 días.
Ambas normativas han supuesto un aumento en las competencias de las Mutuas en lo que respecta al control de las Incapacidades temporales por enfermedades comunes, y a su vez los médicos de cabecera han perdido competencias y control sobre la prestación médica a favor del INSS y las Mutuas cuyo interés es meramente económico y solo pretenden reducir gasto y número de días de baja, sin tener en cuenta la salud de los trabajadores y pacientes.
También se explico la campaña  ¡Por tu salud ,toma el control¡ que fue presentada el día 28 de abril día Internacional de la Seguridad y Salud en el trabajo cuyo objetivo  que nuestros representantes en las empresas soliciten a la dirección la reversión de la IT al INSS, apoyada por la recogida de firmas de los trabajadores y trabajadoras en los centros de trabajo habló de la postura del sindicato en lo referente a las modificaciones normativas. Desde la UGT no compartimos que las Mutuas actúen con funciones de coordinación e inspección de los Servicios Públicos de Salud, del INSS, ya sea de los propios de Atención Primaria o de las Inspección Médica o incluso del INSS.
La referida norma modifica de forma muy sustancial la gestión de las incapacidades temporales, modificando no sólo la temporalidad de los partes de baja en función de la patología, si no los plazos de reclamación ante las Administraciones Públicas y las Mutuas.
Por otra parte, se viene a endurecer el control sobre los pacientes, pudiendo la Mutua llegar a retirar la prestación en caso de incomparecencia no justificada, presumiéndole mala fe al trabajador/trabajadora en el caso de no presentarse a los controles médicos de la IT.