El Tribunal Supremo anula una sentencia del TSJ-CV y declara legal el Convenio de Empleados/as de Fincas Urbanas de Valencia y Castellón
La sentencia del Tribunal Supremo, con fecha 21 de julio de 2022, estima el recurso interpuesto por UGT, la Asociación de Propietarios y Comunidades de Propietarios de Castellón y Valencia, y demás sindicatos firmantes del Convenio, contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que declaró nulo dicho Convenio en junio de 2020.
Los hechos dieron inicio tras la firma del Convenio de Empleados/as de Fincas Urbanas de Valencia y Castellón en 2018. Posterior a la misma se constituyó la Asociación de Empresarios y Empresarias Multiservicios de la Comunidad Valenciana (AEEEM). Esta Patronal fue constituida con el objetivo de impugnar el Convenio Colectivo Sectorial, ya que éste debía aplicarse a los trabajadores y trabajadoras de las empresas contratadas por las Comunidades de Propietarios, en su mayoría multiservicios. Esta cuestión no les interesaba, ya que sin la existencia del convenio podían aplicarles peores condiciones laborales. La firma del Convenio les obligaba a pagar salarios dignos, recogidos en el mismo, fruto de la negociación entre sindicatos y patronal y no salarios más bajos próximos al SMI.
Tras la impugnación de AEEEM, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat anuló el convenio por falta de legitimación de la Patronal firmante del mismo. Tras ello y contra dicha sentencia, se presentó un recurso de casación al Tribunal Supremo, que ha sido resuelto de manera satisfactoria para los trabajadores y trabajadoras de Valencia y Castellón. Tras la sentencia del Supremo se reconoce que el convenio es legal y resulta de aplicación a todos los efectos.
El Tribunal Supremo en su sentencia considera que una Patronal de Multiservicios no está legitimada para impugnar el convenio, por no pertenecer al ámbito funcional del sector. Además, esta sentencia viene a reforzar la existencia de los convenios sectoriales como referentes de las condiciones laborales de las trabajadoras y trabajadores, blindando su existencia frente impugnaciones de terceros que solo buscan lograr beneficios a costa de precarizar el empleo, pagando salarios muy por debajo de lo acordado en los convenios sectoriales.
Desde UGT mostramos nuestra satisfacción por esta sentencia que permite mantener el convenio sectorial como referencia y evitar la competencia desleal y el dumping social. Esta circunstancia, unida a la reforma laboral, que prioriza los convenios sectoriales en materia salarial frente a los convenios de empresa, permite que trabajadores y trabajadoras vean incrementado sus salarios, en algunos casos en más de 500 euros mensuales.