Dos tercios de los accidentes laborales los padecen trabajadores con contrato temporal

8 de febrero de 2006

Dos tercios de los accidentes laborales los padecen trabajadores con contrato temporalLa Ley de Prevención de Riesgos Laborales , que cumple hoy diez años, constituye un buen instrumento para frenar la siniestralidad laboral, pero choca con la escasa voluntad de cumplirla por parte de empresarios y las Administraciones Públicas de velar por su cumplimiento. Esta situación provoca que España acapare el 20% de los accidentes laborales que se registran en la Unión Europea, por lo que encabezamos el listado de países europeos con mayor siniestralidad laboral. La situación de deterioro de las condiciones de trabajo tienen una consecuencia inmediata sobre el incremento del número de accidentes. Dos tercios de los que se registran en España los sufren trabajadores con contratos temporales. Además, la organización preventiva en las empresas deja mucho que desear.

UGT demanda el desarrollo de la Estrategia de Seguridad y Salud en el Trabajo aprobada en la Mesa de Diálogo Social, tendente a reforzar la normativa de prevención, la vigilancia en el cumplimiento de las normas y la reducción del número de accidentes laborales.

UGT destaca que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales es un buen instrumento normativo para frenar la alta tasa de siniestralidad laboral, pero ha sido permanentemente ignorada. La escasa voluntad para desarrollarla y los incumplimientos reiterados de empresarios y Administraciones Públicas han provocado que sigamos estando a la cabeza de la UE en el número de accidentes laborales (el 20% de todos los que se registran).

El deterioro del mercado de trabajo contribuye en gran medida a esta tasa de siniestralidad. Dos tercios de los accidentes de trabajo que se producen en España lo sufren trabajadores con contratos temporales. Según el índice de incidencia, por cada 1000 trabajadores temporales, 96 han sufrido un accidente, más del doble que aquellos trabajadores que tienen un contrato estable. Además se ha externalizado el sistema de producción de manera casi generalizada hacia empresas más baratas y menos exigentes en materia de prevención de riesgos.

Después de diez años desde su entrada en vigor, los mecanismos que prevé la Ley respecto a las obligaciones no se han cumplido. La organización preventiva en las empresas deja mucho que desear, tal y como muestran las estadísticas de accidentes de trabajo. En el año 2004 en el 8,4% de los accidentes con baja en jornada laboral, no existía ninguna modalidad preventiva y el 15% se produjeron en empresas con la organización preventiva totalmente externalizada. En el 57% de los accidentes registrados no se había realizado ninguna evaluación de riesgos ( el 59% en los mortales). El 21% de los accidentes mortales se produjeron en empresas subcontratadas y empresas de trabajo temporal.

Un estudio de investigación del (Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT) del año 2003 sobre los accidentes mortales registrados se pone en evidencia las dramáticas consecuencias de la no aplicación de la normativa. De todos los accidentes mortales producidos en empresas donde se había realizado evaluación de riesgos, en el 61% de los casos no se detectó el riesgo causante del accidente mortal; en el 21% de los casos en los que sí se detectó no figuraba ninguna medida de prevención y en el 79,4% de los casos donde sí se contemplaban medidas de prevención no se aplicaron. Tan sólo en el 4,2% de los casos, de todos los accidentes mortales investigados, la empresa tenía organizado el ciclo completo preventivo. En conclusión la calidad de las actuaciones preventivas es nula o escasa. Por este motivo, se hizo una reforma urgente del marco normativo con el fin de clarificar las obligaciones empresariales a través de la Ley 54/2004.

Las pérdidas económicas y fundamentalmente la pérdida de salud de los trabajadores deben mantenernos alerta en torno a este gravísimo problema. Para el sindicato es fundamental que azota actualmente la realidad social española, la siniestralidad laboral y seguir punto por punto la Estrategia Española en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobada por la Mesa de Diálogo Social.

En dicha estrategia es preciso abundar en medidas tendentes al cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, reforzando la cultura de prevención a través del impulso de actuaciones específicas dirigidas a las PYMES y a colectivos sensibles, así como, la elaboración de programas formativos específicos dentro del sistema educativo, fundamentalmente en los primeros ciclos, y de la formación profesional. Hay que desarrollar actuaciones concretas para clarificar los sistemas de información y la investigación a través de un programa específico, de prevención de riesgos laborales, de Investigación más Desarrollo más Innovación(I+D+I) .

Dentro de la estrategia, el sindicato defenderá la instauración y el reforzamiento de los mecanismos legales de participación y representación, fundamentalmente en los ámbitos sectoriales y territoriales dirigidos a las PYMES y el reforzamiento de las instituciones del Estado, impulsando los instrumentos técnicos con que cuentan las Administraciones públicas, fundamentalmente promoviendo la creación de una Agencia Estatal de Salud y Seguridad en el Trabajo en donde se agrupen las competencias de las diferentes Instituciones existentes.

Desde UGT, queremos impulsar de una manera decida el establecimiento de unos criterios legales que definan un modelo preventivo con criterios de calidad, eficacia y eficiencia de las actuaciones en materia preventiva y donde se regulen los criterios mínimos exigibles para poder acreditar los Servicios de Prevención Ajeno. Todo ello, debe redundar en un definitivo cambio de la situación de siniestralidad en nuestro país.

Accidentes mortales en jornadas de trabajo
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Accidentes en jornadas de trabajo con baja
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