La creación de la Fiscalía de Siniestralidad Laboral, un avance hacia la prevención de riesgos

 15 de Marzo de 2006

Se atiende una de las principales reivindicaciones de UGT

La creación de la Fiscalía de Siniestralidad Laboral, un avance hacia la prevención de riesgosUGT valora muy positivamente que la Fiscalía General del Estado haya atendido una de las principales reivindicaciones del sindicato en materia de prevención de riesgos laborales, con el nombramiento de un Fiscal Coordinador de Siniestralidad Laboral, cargo que ha recaído en Juan Manuel Oña Navarro, fiscal jefe de la Audiencia Provincial de Almería. Este fiscal podrá impulsar políticas activas en la lucha contra la siniestralidad laboral, coordinar el funcionamiento de las distintas figuras similares creadas en algunas Comunidades Autónomas y dotar de medios necesarios para exigir el cumplimiento de la legislación ante las dramáticas cifras de accidente laborales que se registran en este país. Además tendrá un importante carácter disuasorio ante los incumplimientos de la legislación por parte de los empresarios. España tiene una alta tasa de precariedad y se está produciendo una importante traslación de riesgos hacia empresas pequeñas por el aumento de la subcontratación. En el mes de enero de este año se han registrado 87 muertos en accidente de trabajo.

La Fiscalía General del Estado ha nombrado un Fiscal Coordinador de Siniestralidad Laboral, don Juan Manuel de Oña Navarro, Fiscal Jefe de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Almería. Esta figura dependerá directamente del Fiscal General del Estado y tendrá rango de Fiscal de Sala del Tribunal Supremo.

UGT valora muy positivamente que se haya atendido una de nuestras principales reivindicaciones en materia de Prevención de Riesgos Laborales, ya que podrá impulsar políticas activas en la lucha contra la siniestralidad laboral, coordinar el funcionamiento de las distintas figuras similares creadas por las Comunidades Autónomas y la dotación de medios para la realización de las tareas encomendadas.

España tiene una alta tasa de precariedad laboral (10 de cada 11 contratos son temporales), pero además se está produciendo una importante traslación de riesgos hacia empresas pequeñas por el incesante aumento de la subcontratación. Esta situación está provocando que sólo durante el mes de enero ya se hayan registrado 87 muertes en accidente de trabajo y un total de 70.490 accidentes con baja.

El Fiscal tendrá ahora que impulsar la coordinación entre las figuras similares que se han creado en algunas Comunidades Autónomas e impulsar la creación de otros fiscales especializados en donde no los haya, con el fin de concentrar esfuerzos para reducir el alto índice de accidentes laborales que se registran en España.

El artículo 124 de la Constitución Española encomienda al Ministerio Fiscal la tarea de promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad y los derechos de los ciudadanos, lo que le coloca en un papel destacado en la lucha contra la siniestralidad laboral. Asimismo, su propio Estatuto Orgánico y la Ley de Enjuiciamiento Criminal le atribuye importantes facultades y medios para el desarrollo de su función.

Con la aparición de los llamados delitos de riesgo de los artículos 316 y 317 del Código Penal, se protegía a los trabajadores de las conductas atentatorias a su seguridad en el desarrollo de su actividad laboral sin necesidad de que se produjera un resultado lesivo para su salud o su vida y el sujeto activo de estos delitos es la persona legalmente obligada a facilitar los medios necesarios. Por tanto, es aún más necesaria la participación activa de la Fiscalía para seguir este tipo de causas.

El propio Ministerio Fiscal, en el año 2001, se hizo eco de las peticiones del sindicato y elaboró una instrucción sobre su actuación en torno a la siniestralidad laboral en la que se ponía de manifiesto que cuando se producía un accidente laboral con resultado de muerte o lesiones graves, esto mismo constituía un indicio de la existencia de riesgo, que es en si mismo un delito autónomo a parte del anterior. Por ello recomendaba a los Fiscales que todas las imprudencias de orden laboral con resultado de muerte o lesiones deberían dar lugar a la incoación de diligencias previas, para la correcta investigación y tipificación de los hechos acaecidos con posible aplicación del artículo 317 del Código Penal.

Los Fiscales de Siniestralidad Laboral adquieren su máxima relevancia en este entorno ya que pueden perseguir los delitos de riesgo que podrían desembocar en condenas en el orden penal para empresarios que no cumplen sus obligaciones en materia de prevención de riesgos, sin necesidad de esperar a que haya un trabajador muerto o herido grave.

UGT considera además que esta figura tendrá también un carácter disuasorio para los que no cumplan la legislación en materia de prevención porque estamos hablando de verdadera prevención de los riesgos y no sólo de la mera reparación económica de los daños una vez producido el accidente de trabajo, de cultura preventiva.

El sindicato se muestra esperanzado con la constitución de la Fiscalía, importante en la lucha contra la siniestralidad laboral, pero queda mucho por hacer en el camino para evitar la muerte de los trabajadores en el desarrollo de su labor y para ello seguimos trabajando día a día.

 

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